Se publica el BOCM el Acuerdo por el que se suspende los actos de uso del suelo, de construcción y de ejecución de actividades a los efectos de la elaboración y tramitación de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana para la regulación del uso residencial y terciario.
Se suspende la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades, excepto licencias de primera ocupación y funcionamiento que sean consecuencia de obras y de actividades con título habilitante otorgado con anterioridad a la entrada en vigor de este acuerdo de suspensión, en el ámbito territorial definido en el apartado 2 del artículo 7.6.3 bis de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 y con el siguiente alcance:
1. En edificaciones cuyo uso existente sea residencial:
— La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje en parte de la edificación, en cualquier situación dentro del edificio.
— En los niveles C y D de usos de la Norma Zonal 1, la transformación de local a uso residencial.
2. En edificaciones cuyo uso existente sea distinto del residencial:
— La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje, en la modalidad de viviendas de uso turístico, en planta baja.
Acceso B.O.C.M. Núm. 99. Viernes 26 de abril de 2024 >>>