El procedimiento para la obtención de una licencia en el Ayuntamiento de Madrid, a través de EQA es el siguiente:
- Presentación de documentación. a) Si la documentación SÍ está correcta: Se emite el Certificado de Conformidad en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de alta, más el plazo empleado para las subsanaciones necesarias e informes preceptivos.
- Registro de documentación por parte de EQA.
- Resolución de licencia por parte del Ayuntamiento de Madrid en el plazo máximo de un mes.
b) Si la documentación NO está correcta: EQA podrá realizar un único requerimiento de aporte de documentación y otro de subsanación de deficiencias. El plazo máximo de subsanación para cada uno de los requerimientos es de 10 días. En caso de requerir informes preceptivos, EQA los solicitará en un máximo de 5 días desde que la documentación esté completa (se suspende el plazo de emisión del certificado de conformidad).
En caso de no subsanar las deficiencias, se entiende que el titular desiste de su petición. Se procede a dar de baja la solicitud.
Solicitud conjunta de licencia y con declaración responsable (DR) para el inicio de obras: La DR habilitará exclusivamente a la ejecución de obras que no requieran proyecto técnico de obras de edificación según la Ley 38/1999. Dicha DR se regirá por el procedimiento dispuesto a tal fin. Para obras de nueva edificación podrá presentarse DR para el inicio de las obras de preparación de los terrenos y vaciado del solar y, en su caso, muros de contención siempre que estén recogidas en el proyecto.