Modificación del plazo de la prescripción de las infracciones urbanísticas

21 de febrero de 2025

Modificación del plazo de la prescripción de las infracciones urbanísticas

El pasado 28 de diciembre de 2024 entró en vigor la Ley 7/2024 de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio, donde operan varios cambios, entre otros, el del artículo 236 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

La modificación establecida en el artículo 236 se transcribe a continuación:

«Artículo 236. Plazo de prescripción de infracciones y sanciones.

  1. La prescripción de las infracciones urbanísticas se producirá por el transcurso de seis años. De este régimen se exceptúan, las que afecten a suelo no urbanizable de protección que prescribirán a los 15 años y las que afecten a viales, zonas verdes, espacios libres y dominio público delimitado con arreglo a su legislación sectorial, que no tienen plazo de prescripción.
  2. La prescripción de las sanciones por la comisión de infracciones urbanísticas se sujetará a idénticos plazos que los señalados en el apartado anterior».

 

Ley 7/2024 de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio >>>