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Aprobado el proyecto definitivo de la OLDRUM
18 de febrero de 2022
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado en Junta de Gobierno el proyecto definitivo de la OLDRUM (Nueva ordenanza de licencias y declaraciones responsables de Madrid).
Esta aprobación supone el trámite previo a la aprobación definitiva de la Ordenanza por el Pleno municipal.
En la rueda de prensa, Inmaculada Sanz, portavoz municipal, ha indicado que esta ordenanza “nace de la escucha activa y del diálogo con los diferentes agentes, da respuesta a una demanda histórica de los profesionales”.
Cabe destacar que esta nueva Ordenanza, entre otras muchas cosas, supondrá la llegada del uso residencial al ámbito de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas.
De esta nueva ordenanza además cabe destacar:
- Unificación de las 2 ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid, OMTLU y OAAE, así como unificar criterios del ADA, Juntas Municipales, Gerencia y ECUs.
- Adaptación a la MLS, con todas las nuevas visiones que pretenden agilizar y facilitar la obtención de licencias.
La OLDRUM mantiene los 2 procedimientos de la OAAE se potencia la DR como procedimiento mayoritario y las licencias quedan como procedimiento residual por razones de interés general que justifican la necesidad y proporcionalidad de un control previo.
- Se introduce la licencia básica (solo para nueva planta, sustitución y/o reestructuración total), que con la simple validación de los parámetros urbanísticos que conforman la envolvente de la edificación, retranqueos, alturas, edificabilidad, ocupación nº max de plantas,…… habilitara la obtención de una licencia “exprés, básica o rápida” para poder iniciar las obras mientras se continua evaluando la actividad, para actividades y residencial hasta la obtención de la licencia definitiva.
- Se introduce el informe de viabilidad urbanística municipal, se trata de un documento de información y asesoramiento urbanístico cualificado, referido a los aspectos urbanísticos esenciales previstos en la normativa urbanística y sectorial, cuyo contenido queda definido por los parámetros urbanísticos del Anexo VIII de la Ordenanza, y que determinan la viabilidad urbanística de una actuación.
Este informe se regula con una doble vertiente:
- Como mecanismo potente de información urbanística
- Como requisito formal que voluntariamente puede hacer valer el particular en un posterior procedimiento de licencia o declaración responsable. En el caso de la declaración responsable, la dotará de seguridad jurídica, en cuanto a que se garantiza con éste la adecuación a los aspectos urbanísticos y sectoriales esenciales previstos en la normativa.
Este informe se regula con una doble vertiente:
- En actuaciones que requieran licencias temporales.
- En actuaciones que requieran licencias provisionales.
- En actuaciones en situación de fuera de ordenación absoluta.
- En la comprobación para el funcionamiento de actividades incluidas en el ámbito de aplicación de la legislación autonómica en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- En actuaciones que se realicen sobre el dominio público excepto que se trate de locales individuales en mercados municipales sujetos a régimen de concesión, o actuaciones relativas a la ocupación del dominio público con medios auxiliares.
Teniendo en cuenta las actuaciones no sujetas a intervención, recogidas en el art. 6 donde se incluyen:
- La sustitución de acabados interiores de una sola vivienda o local, o de las zonas comunes de edificios de uso residencial, siempre y cuando no necesiten informes sectoriales
- Cambios de actividad dentro una la misma clase de uso por otra que tenga las mismas o menores exigencias, cambios de instalaciones por otras con las mismas exigencias.
- Obligación en todo caso de gestión de residuos.
Es decir, supone la incorporación del uso residencial a las competencias de las Entidades Colaboradoras: reformas de vivienda, cambios de uso de locales a vivienda , vivienda unifamiliar, vivienda colectiva, nueva panta…. Tras la aprobación de la OLDRUAM las licencias de obras y actividad residencias podrán tramitarse por ECU.