Aclaraciones suspensión licencias uso terciario hospedaje

20 de mayo de 2024

 

Aclaraciones suspensión licencias uso terciario hospedaje  

El pasado 25 de abril de 2024 se suspende la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje en el ámbito territorial definido en el apartado 2 del artículo 7.6.3 bis (anillos 1, 2 y 3) de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en los siguientes términos:

  1. -En edificaciones cuyo uso existente sea residencia
  • La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje en parte de la edificación, en cualquier situación dentro del edificio.
  • En los niveles C y D de usos de Norma Zonal 1, la transformación de local a uso residencia.

2.-En edificaciones cuyo uso existente sea distinto del residencial

  • La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje, en la modalidad de viviendas de uso turístico, en planta baja.

Toda vez que en los niveles C y D de usos de la Norma Zonal 1 no se hace referencia a la ubicación del local, procede indicar que, quedan suspendidas las transformaciones de local a uso residencial en cualquier planta.

Conviene aclarar que la suspensión impide continuar con la tramitación administrativa de cualesquiera actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades, es decir cualquier intervención sobre los usos e inmuebles afectados- incluidas por tanto las implantaciones y modificaciones de actividad, y la realización de obras- excepto licencias de primera ocupación y funcionamiento

Por último, se informa de que el Ayuntamiento de Madrid ha hecho pública este lunes la lista y la localización de las viviendas de uso turístico (VUT) que tienen licencia urbanística para “ofrecer más garantías y seguridad a los usuarios de esta opción de hospedaje”.

Viviendas de Uso Turístico – Ayuntamiento de Madrid >>>