Instrucción para la tramitación de los Estudios de Repercusión por Implantación de Usos (ERIU)
A fecha de 5 de junio de 2024 se ha aprobado por parte del Coordinador General de Urbanismo la Instrucción para la tramitación de los Estudios de Repercusión por Implantación de Usos, regulados en la Sección Segunda del Capítulo 5.2 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997.
Conforme a la misma, y dado el objeto de los ERIU, se recuerda que las Entidades Colaboradoras Urbanísticas no son competentes para intervenir ni en la elaboración del estudio ni en su tramitación. La tramitación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.2.3 de las NNUU, podrá ser previa o simultánea a la concesión de la licencia y en todo caso previa a la presentación de la declaración responsable.